¿Cuándo hay un riesgo especí­fico para la trabajadora lactante? STS 13 Mayo 2015

Autores/as

  • Carmen Sánchez Trigueros
  • Elena Lasaosa Irigoyen

Palabras clave:

Mujer trabajadora, maternidad, lactancia materna, riesgos laborales

Resumen

La sentencia del Tribunal Supremo examinada expone que el riesgo por lactancia debe acreditarse y ser especí­fico. En caso contrario ni se suspende el contrato, ni se devenga el subsidio de Seguridad Social. No basta que una Educadora en Centro de Integración esté expuesta a los riesgos genéricos (agresiones, contagios) del empleo. Su interés lo acredita que cuente con un Voto Particular y que aborde un supuesto relativamente frecuente.

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Publicado

25-05-2016

Número

Sección

Estudios de Doctrina Judicial

Cómo citar

¿Cuándo hay un riesgo especí­fico para la trabajadora lactante? STS 13 Mayo 2015. (2016). Revista De Derecho De La Seguridad Social, Laborum. https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/190

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