[1]
2016. Acceso a la pensión de viudedad de parejas de hecho que anteriormente habí­an sido matrimonio y que tras el divorcio reanudan la convivencia. La convivencia matrimonial y la de hecho no son acumulables. A propósito de la Sentencia del Tribunal Supremo de 20 julio de 2015. Revista de Derecho de la Seguridad Social, Laborum. (May 2016).