¿Es posible el recurso de reposición en los supuestos de sanción con extinción de una prestación por desempleo y devolución de una cantidad inferior a 3.000 euros? Con ocasión de la STS de 23 de junio de 2015, rec. 1647/2014

Autores/as

  • José Antonio Panizo Robles

Palabras clave:

Recurso de suplicación, Ley de la jurisdicción social, Subsidio de desempleo, Reintegro de cantidades indebidamente percibidas

Resumen

La sentencia del Tribunal Supremo (STS), de 23 de junio de 2015 (rec. 1647/2014), reiterando y aclarando una doctrina anterior del mismo Tribunal, concluye en la posibilidad de acceder al recurso de suplicación, contra la sentencia dictada por un Juzgado de lo Social, en aquello casos en que, como consecuencia de una infracción social, se imponga una sanción consistente en la extinción de una prestación/subsidio por desempleo, con la obligación de devolver las cantidades indebidamente percibidas, aunque el importe de estas últimas no supere la cantidad de 3000 euros, límite establecido, con carácter general, para la formulación y admisión de la suplicación, conforme al artículo 191 de la Le 36/2011, reguladora de la jurisdicción social

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Publicado

25-05-2016

Número

Sección

Estudios de Doctrina Judicial

Cómo citar

¿Es posible el recurso de reposición en los supuestos de sanción con extinción de una prestación por desempleo y devolución de una cantidad inferior a 3.000 euros? Con ocasión de la STS de 23 de junio de 2015, rec. 1647/2014. (2016). Revista de Derecho de la Seguridad Social, Laborum. https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/201

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