La protección de los trabajadores migrantes: trabajo eventual en un Estado miembro distinto del Estado de residencia y derecho a las prestaciones de Seguridad Social. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Cuarta) de 23 de abril de 2015 (Asunto C-382/13)

Autores/as

  • Ángel Luis de Val Tena

Palabras clave:

Seguridad Social, trabajadores migrantes, trabajo eventual, minijobs, prestaciones familiares, pensión de vejez, Estado de empleo, Estado de residencia

Resumen

El artículo 13 del Reglamento (CEE) núm. 1408/71, comprendido en su título II, bajo la rúbrica "Determinación de la legislación aplicable", dispone: "la persona que ejerza una actividad por cuenta ajena en el territorio de un Estado miembro estará sometida a la legislación de este Estado, incluso cuando resida en el territorio de otro Estado miembro o aunque la empresa o el empresario que la ocupa tenga su sede o su domicilio en el territorio de otro Estado miembro". Dicho artículo debe interpretarse en el sentido de que el residente de un Estado miembro, que está comprendido en el ámbito de aplicación de ese Reglamento y que trabaja durante varios días al mes en virtud de un contrato de trabajo eventual en el territorio de otro Estado miembro, está sometido a la legislación del Estado de empleo tanto durante los días en los que ejerce una actividad por cuenta ajena como durante los días en que no la ejerce. Asimismo, puesto en relación con el apartado 1 del mismo artículo, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a que un trabajador migrante, sometido a la legislación del Estado miembro de empleo, perciba en virtud de una legislación nacional del Estado de residencia las prestaciones correspondientes al régimen de seguro de vejez y las prestaciones familiares de ese último Estado.

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Publicado

25-05-2016

Número

Sección

Estudios de Doctrina Judicial

Cómo citar

La protección de los trabajadores migrantes: trabajo eventual en un Estado miembro distinto del Estado de residencia y derecho a las prestaciones de Seguridad Social. Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Cuarta) de 23 de abril de 2015 (Asunto C-382/13). (2016). Revista de Derecho de la Seguridad Social, Laborum. https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/216

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