El complemento para la reducción de la brecha de género: una superación del embrollo
Palabras clave:
Pensiones, discriminación, brecha de generoResumen
La notable brecha de género en la cuantía de las pensiones de Seguridad Social constituye un efecto indirecto derivada a su vez de la brecha salarial existente en el mercado de trabajo, por lo que la eliminación plena y definitiva de la primera de las brechas depende de la superación de la segunda. No obstante, hasta tanto que ello no se logre se deben adoptar ciertas medidas de corrección directa dentro de la normativa de Seguridad Social. De manera indirecta algo de ello provocaba el complemento por maternidad introducido a partir de 2016, si bien éste presentaba enormes deficiencias técnica y sobre todo no paso el filtro de las exigencias de prohibición de tratamientos discriminatorios establecidas por el Derecho de la Unión Europea.
Con vista a superar el callejón sin salida provocado por la sentencia del Tribunal de Luxemburgo y con vistas a diseñar una fórmula que tenga directamente el objetivo de corrección de la brecha de género en las pensiones, se establece el nuevo complemento introducido a principios de 2021. El presente estudio pretende analizar las luces y sombras de este nuevo complemento, que desde luego presenta destacadas ventajas, supera el problema provocado por la jurisprudencia europea, si bien también se apuntan ciertas deficiencias que podrían ser corregidas de futuro.