Sanciones a empresarios y trabajadores relacionadas con las condiciones y el uso de vestuarios, aseos y baños

Autores/as

Palabras clave:

Lugares de trabajo, vestuarios, lavabos, integridad física, derecho a la intimidad, sanciones, salud laboral, decoro, pausas

Resumen

La dignidad de la persona en el trabajo reivindica el respeto de los derechos de integridad física y a la intimidad. Consecuentemente, los derechos a la intimidad y la salud laboral son el pórtico que acompaña la regulación laboral y de prevención de riesgos laborales del uso de vestuarios y aseos. Se observa un detrimento de estos derechos por la introducción de la tecnología, el trabajo en plataformas o la organización y seguimiento del tiempo de trabajo mediante jornadas sin pausas o con pausas controladas. No se permiten grabaciones de vestuarios y aseos con cámaras de videovigilancia, como lugares de trabajo el empresario ha de facilitar los vestuarios y lavabos en condiciones de idoneidad, implantando medidas de higiene personal e intimidad. 
Para los trabajadores es necesario el decoro de esos espacios en términos nuevamente de salud laboral y derecho a la intimidad. La empresa cuando controla el tiempo empleado en los lavabos o bien lo descuenta, o bien no lo considera tiempo efectivo de trabajo, pero como tiempo imprescindible para atender a las necesidades fisiológicas debe ser reconocido como derecho de los trabajadores. Cuestión distinta serán los posibles abusos de los trabajadores, estos podrán ser sancionados disciplinariamente, según la gravedad de la infracción cometida, por la desatención al trabajo y el uso abusivo del descanso.

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Referencias

AA.VV., Derecho del Trabajo y Nuevas Tecnologías, Tirant lo blanch,2020.

Casas Baamonde M. E., “Teletrabajo y tiempo de trabajo efectivo: desconexiones digitales involuntarias impeditivas del trabajo. Y derecho a la desconexión digital por motivos fisiológicos (“derecho de lavabo”)”, Rev. Jurisprudencia Laboral, nº 9, BOE,2023.

González Cobaleda E., “Los riesgos psicosociales y otros riesgos laborales emergentes” en AAVV., La negociación colectiva en materia de seguridad y salud laboral, Ministerio de trabajo y E.S., Informes y Estudios Relaciones laborales nº 138, 2025.

Montoya Melgar A. (2020), “Poder de dirección y videovigilancia laboral”, en AA.VV., Derecho del Trabajo y Nuevas Tecnologías, Tirant lo blanch.

Mercader Uguina J. y Tolosa Tribiño C., Derecho administrativo laboral, Tirant lo blanch, 2004.

Purcalla Bonilla M.A., “Control tecnológico de la prestación laboral y derecho a la desconexión de los empleados: Notas a propósito de la Ley 3/2018, de 5 de diciembre”, REDT, nº 218, 2019.

Rodríguez Escanciano S., “Cómputo como tiempo efectivo de actividad: interrupciones en el desarrollo del teletrabajo no imputables al asalariado y breves paradas para atender necesidades fisiológicas”, Rev. Jurisprudencia Laboral, nº 6, BOE, 2021.

Roqueta Buj R., “El derecho a la intimidad frente a la videovigilancia en el ámbito laboral”, en AA.VV., Derecho del Trabajo y Nuevas Tecnologías, Tirant lo blanch, 2020.

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Publicado

30-09-2025

Número

Sección

Estudios de Doctrina Judicial