La reclamación mediante representante unitario como acto previo protegido por la garantía de indemnidad: STC 148/2025, de 9 de septiembre
Palabras clave:
Garantía de indemnidad, represalia, reclamación interna, reclamación en la empresa, derechos fundamentalesResumen
La garantía de indemnidad, como proyección del art. 24.1 CE, protege al trabajador frente a represalias empresariales por el ejercicio o preparación de acciones encaminadas a la tutela judicial efectiva. Este trabajo analiza el alcance de esa protección cuando la reclamación se formula antes del proceso y, en particular, dentro de la empresa. A partir de tres escenarios constitucionales, el estudio reconstruye la evolución de la doctrina sobre los actos extrajudiciales orientados a evitar el proceso legal. La STC 148/2025 amplía la protección a la reclamación canalizada mediante la representación unitaria, aun sin advertencia expresa de demanda, atendiendo a la funcionalidad del cauce y a la proximidad temporal entre reclamación y sanción. Con lo anterior, el TC continúa ampliando su visión de la indemnidad, en sintonía con la LO 5/2024 y con la lógica de evitar el proceso sin renunciar a la protección.