La vulneración del derecho de igualdad y de la prohibición de discriminación sexista en el cálculo de la pensión de jubilación de las personas trabajadoras a tiempo parcial

Autores/as

  • Marí­a Angustias Benito Bení­tez

Palabras clave:

Seguridad Social, jubilación, igualdad, discriminación sexista

Resumen

La protección social de los trabajadores a tiempo parcial ha afrontado un nuevo cuestionamiento de su regulación. La reforma llevada a cabo tras la STJUE de 22 de noviembre de 2012, asunto Elbal Moreno (C-385/11) y la STC núm. 61/2013 de 14 de marzo (a través de la Ley 1/2014, de 28 de febrero), introducí­a elementos cuestionables como el ahora discutido: el método de cálculo de la pensión de jubilación del trabajo a tiempo parcial establecido en el artí­culo 248.3 LGSS. El estudio aborda la STJUE de 8 de mayo de 2019, asunto Villar Láiz (C-161/18), y la STC núm. 91/2019 de 3 de julio, que han declarado que la diferencia de trato establecida por el precepto mencionado conlleva una discriminación indirecta por razón de sexo.

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Publicado

27-12-2019

Número

Sección

Estudios de Doctrina Judicial

Cómo citar

La vulneración del derecho de igualdad y de la prohibición de discriminación sexista en el cálculo de la pensión de jubilación de las personas trabajadoras a tiempo parcial. (2019). Revista De Derecho De La Seguridad Social, Laborum, 21, 153-161. https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/383

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