Los suplementos de las pensiones inferiores a la mínima en el Sistema de la Seguridad Social
Palabras clave:
pensión, rendimiento adicional y complementos a mínimosResumen
La existencia de una normativa sobre complementos a mínimos constituye el reconocimiento expreso de que nuestro Sistema de Seguridad Social, fuertemente inspirado en un modelo contributivo, genera pensiones de cuantía inferior respecto a las que el propio Sistema califica como cuantía mínima y, por tanto, a tales beneficiarios les reconoce unos niveles de renta que les sitúa entre los umbrales que se califican como situación técnica de pobreza.
A fin de amortiguar los efectos sociales de esa situación, se reacciona con los complementos a mínimos que, en realidad, suplementan la cuantía de la pensión inicialmente reconocida, suplementos que para determinar su cuantía toman en consideración otras fuentes de ingresos compatibles con la pensión base.
Por tanto, en este trabajo se afronta el análisis técnico jurídico de la dinámica de esta institución, sus principales elementos y su dinámica. Todo ello actualizado con los contenidos incorporados en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2015, y, desde una perspectiva crítica, se enjuicia el grado de extensión de la acción protectora de los complementos a mínimos en las que se detecta lagunas en su acción protectora de difícil justificación.