La diferente regulación de la pensión de orfandad en la ley de clases pasivas del Estado y en el régimen general de la Seguridad Social (Comentario al ATC 124/2020, de 21 de Octubre)
Palabras clave:
Pensión de orfandad, reconocimiento del derecho, principio de igualdadResumen
El Auto analiza una cuestión de inconstitucionalidad que deniega el reconocimiento del derecho a pensión de orfandad de un hijo, mayor de veintidós años, que no acredita su incapacidad para trabajar, ni discapacidad igual o superior al 33 por 100 ni tampoco carácter de huérfano absoluto, por el fallecimiento de su madre, empleada pública, en aplicación de lo establecido en el artículo 41 del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de clases pasivas del Estado, por considerarlo vulnerador del principio de igualdad ante la ley en el art. 14 CE.Descargas
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Publicado
23-09-2021
Cómo citar
Aguilera Izquierdo, R., & Cristóbal Roncero, R. (2021). La diferente regulación de la pensión de orfandad en la ley de clases pasivas del Estado y en el régimen general de la Seguridad Social (Comentario al ATC 124/2020, de 21 de Octubre). Revista De Derecho De La Seguridad Social, Laborum, (28), 89–98. Recuperado a partir de https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/503
Número
Sección
Estudios de Doctrina Judicial