Acceso a la pensión de viudedad de parejas de hecho que anteriormente habí­an sido matrimonio y que tras el divorcio reanudan la convivencia. La convivencia matrimonial y la de hecho no son acumulables. A propósito de la Sentencia del Tribunal Supremo de 20 julio de 2015. Revista de Derecho de la Seguridad Social, Laborum, [S. l.], 2016. Disponível em: https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/196.. Acesso em: 27 apr. 2024.