Prestación por maternidad en el régimen general y en el RETA: es posible causarlas simultáneamente desde una situación de excedencia para cuidado de hijo
Palabras clave:
Excedencia, Cuidado de hijo, Maternidad, Cotizaciones ficticias, Compatibilidad, Regímenes de Seguridad SocialResumen
El Tribunal Supremo viene a dar respuesta positiva a la posibilidad de lucrar simultáneamente dos prestaciones por maternidad, una en el Régimen General y otra en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, desde la situación de excedencia para cuidado de hijo menor de tres años. El que la trabajadora en excedencia realice una actividad profesional que le permita conciliar la vida personal, familiar y laboral y cause alta en el Régimen Especial de Autónomos no implica la mutación de la excedencia por cuidado de hijo en otra voluntaria. En consecuencia, y teniendo los tres años de excedencia para cuidado de hijo la consideración de período efectivamente cotizado y situación asimilada al alta, no puede por menos que admitirse la compatibilidad de las prestaciones por maternidad causadas en ambos regímenes.Descargas
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Publicado
25-05-2016
Número
Sección
Estudios de Doctrina Judicial
Cómo citar
Prestación por maternidad en el régimen general y en el RETA: es posible causarlas simultáneamente desde una situación de excedencia para cuidado de hijo. (2016). Revista de Derecho de la Seguridad Social, Laborum. https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/189











