Trabajo de la mujer a tiempo parcial, pensión de jubilación y discriminación indirecta: comentario del profesor Efrén Borrajo Dacruz al auto del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de 8 de enero de 2007
Palabras clave:
Pensión de jubilación, mujer, trabajador a tiempo parcial, discriminación, principio pro rata temporis, coeficientesResumen
En la dilatada y magistral trayectoria académica del profesor Borrajo Dacruz una de las materias analizadas fue la discriminación por razón de sexo en el cálculo de la pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial. Con ocasión de un pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, de 8 de enero de 2007, dejó constancia oportunamente de una regulación que seguía siendo inconstitucional por la doble aplicación del principio pro rata temporis, como así se confirmó posteriormente, a pesar de la adopción de una modificación legislativa que había incorporado unos coeficientes correctores.
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Referencias
Borrajo Dacruz, E. “Trabajo a tiempo parcial y Seguridad Social” Revista de Política Social, 1978, nº 120.
Borrajo Dacruz, E., “Trabajo de la mujer a tiempo parcial, principio de igualdad y pensión de jubilación: reflexiones sobre el Auto del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, Sala de lo Social, de 8 de enero de 2007”, Actualidad laboral, 2007, nº 13.
Borrajo Dacruz, E., “El derecho al trabajo en la sociedad española del siglo XXI”, Actualidad laboral, 2007, nº 13.











