Incidencia en la protección por desempleo de la ausencia del territorio nacional durante un perí­odo inferior a 90 dí­as sin comunicación a la entidad gestora: prevalencia de la perspectiva prestacional frente a la sancionadora en caso de desempleo. Comentario a las STS de 21 de abril de 2015 y de 26 de mayo de 2015

Autores/as

  • Maria Nieves Moreno Vida

Palabras clave:

protección por desempleo, derecho a prestaciones, comunicación a la entidad gestora, derecho sancionador, suspensión o extinción de la prestación

Resumen

Se declara en estas Sentencias que la incoherencia existente en esta materia entre la normativa sancionadora, que contempla tal conducta como causa de extinción de la prestación, y la prestacional, que la contempla como causa de suspensión de la misma, debe interpretarse a favor de esta última. Y ello en virtud de la exigencia de coherencia del ordenamiento jurí­dico, el principio de seguridad jurí­dica, la proscripción de discriminaciones objetivas en la aplicación de las normas, el principio de especialidad y el principio de proporcionalidad.

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Publicado

25-05-2016

Cómo citar

Moreno Vida, M. N. (2016). Incidencia en la protección por desempleo de la ausencia del territorio nacional durante un perí­odo inferior a 90 dí­as sin comunicación a la entidad gestora: prevalencia de la perspectiva prestacional frente a la sancionadora en caso de desempleo. Comentario a las STS de 21 de abril de 2015 y de 26 de mayo de 2015. Revista De Derecho De La Seguridad Social, Laborum. Recuperado a partir de https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/206

Número

Sección

Estudios de Doctrina Judicial

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