«Principio de insignificancia» en la actividad desarrollada por el beneficiario y conservación de la prestación o subsidio de desempleo

Autores/as

Palabras clave:

desempleo, principio de insignificancia, actividades marginales, comunicaciones al SPEE, extinción de la prestación

Resumen

El especial rigor con el que el legislador español ha querido tratar la falta de comunicación por el beneficiario al Servicio Público Estatal de Empleo (SPEE) de la realización de actividades incompatibles con la prestación de desempleo, encuentra adecuada matización por vía judicial a través del "principio de insignificancia", ordenado a evitar la clara desproporción de la sanción en los supuestos en los cuales los ingresos obtenidos son de muy escasa relevancia, fruto de una iniciativa económica absolutamente marginal.

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Publicado

23-09-2021

Número

Sección

Estudios Doctrinales

Cómo citar

«Principio de insignificancia» en la actividad desarrollada por el beneficiario y conservación de la prestación o subsidio de desempleo. (2021). Revista de Derecho de la Seguridad Social, Laborum, 28, 47-56. https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/500

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