Imcompatibilidad "absoluta o relativa" entre Protección por Desempleo y rentas del trabajo. Comentarios a las Sentencias del Tribunal Supremo de 12 y 13 de mayo de 2015 (RCUD Núms. 2683/2014 y 2785/2014)
Palabras clave:
Desempleo, rentas del trabajo, compatibilidad, protección socialResumen
La regulación del art. 221.1 LGSS "ahora 282.1 en el nuevo Texto Refundido" establece de manera expresa la incompatibilidad de protección por desempleo y percepción de rentas de trabajo. No obstante, deben diferenciarse si tal prestación laboral es por cuenta propia o ajena y, lo que resulta más relevante: la entidad de tal actividad. En este sentido, se constata la existencia de supuestos de compatibilidad por la escasa relevancia de las rentas obtenidas; pero, al tiempo, se comprueba que, en otras situaciones en la que, además de tal circunstancia, se acredita el incumplimiento de los deberes de comunicación a la Entidad Gestora, en cuyo caso, ya no resulta trascendente la cuantía de la renta o el carácter esporádico de la misma, sino la aplicabilidad del Derecho sancionador.Descargas
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Publicado
25-05-2016
Cómo citar
Álvarez Cortés, J. C., & Vila Tierno, F. (2016). Imcompatibilidad "absoluta o relativa" entre Protección por Desempleo y rentas del trabajo. Comentarios a las Sentencias del Tribunal Supremo de 12 y 13 de mayo de 2015 (RCUD Núms. 2683/2014 y 2785/2014). Revista De Derecho De La Seguridad Social, Laborum. Recuperado a partir de https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/199
Número
Sección
Estudios de Doctrina Judicial