Mejora convencional y alcance temporal del riesgo asegurado: la primací­a de lo pactado en el seguro colectivo (Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo (sala de lo social) de 29 de enero de 2019)

Autores/as

  • Inmaculada Ballester Pastor Universidad Jaume I de Castellón

Palabras clave:

mejora, incapacidad permanente, seguro colectivo, cobertura, autonomía de la voluntad, póliza

Resumen

Son muchos los convenios colectivos que incluyen mejoras que reconocen indemnizaciones complementarias a prestaciones de seguridad social, y es frecuente que, además, el convenio colectivo obligue a la empresa a concertar un seguro colectivo para asegurar la cobertura de estos pagos. Pero el que se haya concertado un seguro privado no implica que, siempre, la compañí­a privada pague tal indemnización pues la póliza debe identificar el riesgo asegurado y cuál sea el alcance temporal de las coberturas ofrecidas y es lo pactado lo que debe determinar si la compañí­a abona, o no, la mejora. No obstante lo anterior, debe atenderse, también, a las circunstancias acaecidas y comprobar si la voluntad de los contratantes fue asegurar de forma incompleta los riesgos o no. Y para ello debe tenerse en cuenta que el contrato de seguro ha de ser un contrato transparente, sin cláusulas oscuras, y que esta oscuridad, al tratarse de un contrato de adhesión, no debe perjudicar al tomador (la empresa). El Pleno del Alto Tribunal resuelve, en un pronunciamiento polémico, que los dos seguros pactados sucesivamente entre la empresa y dos compañí­as de seguros diferentes no incluyen la cobertura de la mejora reclamada por el trabajador, a la vista del clasulado que ambas pólizas contienen, donde las dos excluyen la cobertura reclamada. Por contra, en el Voto particular que incorpora el pronunciamiento, los cinco Magistrados discrepantes abogan porque debiera haberse protegido al tomador del seguro, pues la póliza contení­a cláusulas limitativas.

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Publicado

08-06-2019

Número

Sección

Estudios de Doctrina Judicial

Cómo citar

Mejora convencional y alcance temporal del riesgo asegurado: la primací­a de lo pactado en el seguro colectivo (Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo (sala de lo social) de 29 de enero de 2019). (2019). Revista De Derecho De La Seguridad Social, Laborum, 19, 199-216. https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/356

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