Discapacidad visual grave como lesión determinante de gran invalidez y posibilidad incierta de recuperación
Comentario a la STS/SOC 469/2022, de 24 de mayo (recud. 2427/2019)
Palabras clave:
discapacidad visual grave, gran invalidez, asistencia sanitaria, Tribunal Supremo, jurisprudenciaResumen
La jurisprudencia viene caracterizando como supuesto determinante del reconocimiento de una gran invalidez a la ceguera bilateral sobrevenida después de la afiliación al sistema de Seguridad Social o por agravación de lesiones preexistentes. Constatada la incapacidad de la persona beneficiaria para realizar los actos esenciales de la vida diaria sin la asistencia de otra persona, y habiéndose sometido previamente a varias intervenciones con deficientes resultados, no es obstáculo para el reconocimiento de la gran invalidez la negativa de aquélla a pasar por una nueva intervención quirúrgica, que los servicios médicos oficiales plantean como una recomendación con opciones de mejora en su agudeza visual, pero sin que la recuperación se revele con total certidumbre.