Coeficiente reductor de la jubilación de trabajadores con discapacidad: ¿Quién valora la necesidad de ayuda de tercera persona?
Palabras clave:
Jubilación, discapacidad, ayuda de tercera personaResumen
La normativa reguladora de la reducción de la edad de jubilación de los trabajadores con discapacidad contempla dos coeficientes reductores distintos, según que el trabajador acredite la necesidad del concurso de otra persona para la realización de los actos esenciales de la vida ordinaria, o no. Pues bien, la STS de 18 de febrero de 2015 entró a discernir si la necesidad de ayuda de un tercero debe ser certificada por un órgano administrativo o también cabe la posibilidad de que sea dictaminada por el órgano judicial al que se recurre en un proceso sobre jubilación. El Alto Tribunal recurre a las reglas previstas para acreditar la discapacidad, declarando que el medio de prueba no puede consistir en la propia valoración del órgano jurisdiccional. Entendemos que hay que diferenciar valoración del grado y valoración de la necesidad de ayuda de tercera persona.Descargas
Los datos de descargas todavía no están disponibles.
Descargas
Publicado
25-05-2016
Cómo citar
Maldonado Molina, J. A. (2016). Coeficiente reductor de la jubilación de trabajadores con discapacidad: ¿Quién valora la necesidad de ayuda de tercera persona?. Revista De Derecho De La Seguridad Social, Laborum. Recuperado a partir de https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/193
Número
Sección
Estudios de Doctrina Judicial