Adopción de la medida cautelar inaudita parte de suministro de los EPIs a la Policía de la Generalitat-Mossos d'Esquadra frente al COVID 19: fumus boni iuris, peligro por la mora procesal, idoneidad, necesidad y proporcionalidad
Palabras clave:
Medida cautelar, Equipos de Protección Individual (EPIs), Policía, pandemia, COVID 19Resumen
Este trabajo de investigación tiene por objeto analizar el Auto de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Barcelona) de fecha 2 de abril del año 2020 que ha adoptado la medida cautelar inaudita parte previa a la demanda, de provisión urgente e inmediata a la Policía de la Generalitat-Mossos d'Esquadra de: EPIs, planificación de formación en el uso de los EPIs, test de evaluación del COVID 19 y la aplicación de procesos de descontaminación y eliminación de residuos de material utilizado y la desinfección diaria de los centros y vehículos de trabajo. Ello, en base a la normativa de prevención de riesgos laborales reconocida a nivel internacional, europea, comunitaria y nacional, así como en base a la concurrencia del principio fumus bonis iuris, al peligro por la mora procesal, a la idoneidad, a la necesidad y a la proporcionalidad.Descargas
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Publicado
08-09-2020
Número
Sección
Estudios Doctrinales
Cómo citar
Adopción de la medida cautelar inaudita parte de suministro de los EPIs a la Policía de la Generalitat-Mossos d’Esquadra frente al COVID 19: fumus boni iuris, peligro por la mora procesal, idoneidad, necesidad y proporcionalidad. (2020). Revista De Derecho De La Seguridad Social, Laborum, 24, 39-62. https://revista.laborum.es/index.php/revsegsoc/article/view/417